Los Secretarios de los Ayuntamientos remitirán al Juez Decano de los del partido judicial relación de personas que, incluidas en la lista de candidatos a jurados, pudieran, en esa fecha, estar incursas en la falta de requisitos o causa de incapacidad o incompatibilidad. El Juez Decano dará traslado de la reclamación o advertencia, en su caso, al interesado no reclamante ¿por qué plazo?