No se aplicarán las disposiciones del Capítulo VI del Título II de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que lleva por título ¨De la protección del patrimonio de las personas con discapacidad¨ a los expedientes que tengan por objeto alguna de las actuaciones judiciales previstas en el Capítulo I de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, sobre protección patrimonial de las personas con discapacidad y, en concreto, para